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AFEC Requisitos de Eficiencia Energética Mínima para ciertos Acondicionadores de Aire
Requisitos de Eficiencia Energética Mínima para los Acondicionadores de Aire ≤ 12 kW
El Reglamento 206/2012 de la Comisión, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los acondicionadores de aire y a los ventiladores establece que, en relación con los valores de SEER (Factor de Eficiencia Energética Estacional) y de SCOP (Coeficiente de Rendimiento Estacional), relativos a los acondicionadores de aire ≤ 12 kW, los equipos cuyos valores sean inferiores a los indicados en el cuadro que aparece a continuación, no se podrán introducir en el mercado* a partir del 1 de Enero de 2013.
REQUISITOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA MÍNIMA, a partir del 1 de enero de 2013 (Equipos de Aire Acondicionado ≤ 12 kW, excepto los de conducto único y conducto doble) | ||
---|---|---|
GWP (Potencial de Calentamiento Global del refrigerante) |
SEER | SCOP (Temporada de calefacción media) |
Si el GWP del refrigerante > 150 | 3,60 | 4,40 |
Si el GWP del refrigerante < 150 | 3,24 | 3,06 |
En base a estos Requisitos de Eficiencia Energética Mínima, y a pesar de que el Reglamento 626/2011, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de los acondicionadores de aire, contempla una escala de eficiencia energética, que llega hasta la "G", según se refleja en el siguiente cuadro, los equipos cuya eficiencia energética esté comprendida entre los valores sombreados en gris del citado cuadro, y con refrigerantes con un GWP > 150, no se podrán introducir en el mercado* a partir del 1 de enero de 2013.
Clases de eficiencia energética relativas a los acondicionadores de aire, a excepción de los de conducto doble y los de conducto único | SEER | SCOP |
---|---|---|
A+++ |
SEER ≥ 8,50 | SCOP ≥ 5,10 |
A++ |
6,10 ≤ SEER < 8,50 | 4,60 ≤ SCOP < 5,10 |
A+ |
5,60 ≤ SEER < 6,10 | 4,00 ≤ SCOP < 4,60 |
A |
5,10 ≤ SEER < 5,60 | 3,40 ≤ SCOP < 4,00 |
B |
4,60 ≤ SEER < 5,10 | 3,10 ≤ SCOP < 3,40 |
C |
4,10 ≤ SEER < 4,60 | 2,80 ≤ SCOP < 3,10 |
D |
3,60 ≤ SEER < 4,10 | 2,50 ≤ SCOP < 2,80 |
E |
3,10 ≤ SEER < 3,60 | 2,20 ≤ SCOP < 2,50 |
F |
2,60 ≤ SEER < 3,10 | 1,90 ≤ SCOP < 2,20 |
G |
SEER < 2,60 | SCOP < 1,90 |
Si el GWP del refrigerante > 150, los equipos con las clases de eficiencia energética que aparecen sombreadas, no podrán introducirse en el mercado a partir del 1 de enero de 2013. |
Los requisitos de Eficiencia Energética mínima, aplicables a partir del año 2014, se pueden consultar en el Reglamento 206/2012, en la página web de Afec, sección de Directivas y Reglamentos.
A título informativo se indican los GWP, de algunos de los refrigerantes más utilizados en climatización: (R134 – 1100); (R410A – 1725); (R417A – 1950).
*«Introducción en el Mercado.- Primera comercialización de un producto en el mercado comunitario con vistas a su distribución o utilización en la Comunidad, mediante pago o de manera gratuita y con independencia de la técnica de venta». (Definición recogida en: Directiva 2009/125, relativa a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía; Directiva 2010/30, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada; Real Decreto 187/2011 y Real Decreto 1390/2011, que transponen, respectivamente, las citadas Directivas a la legislación española).