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El Plan Renove de Equipos de Aire Acondicionado de la Comunidad de Madrid, que ya está plenamente operativo, tiene por objeto incentivar la sustitución de equipos de aire acondicionado doméstico por otros equipos más eficientes con etiquetado energético de clase A.
Este Plan está enmarcado dentro del Convenio de Colaboración que la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid mantiene con el IDAE, (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia Energética en el ámbito territorial de la citada comunidad.
Las características de este Plan Renove son las siguientes:
La aplicación de incentivos para la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos usados por equipos con etiquetado energético de clase A o superior.
La gestión del Plan Renove se desarrollará por ASEFOSAM (Asociación de Empresarios de Fontanería, Saneamiento, Gas, Calefacción, Climatización, Mantenimiento, Electricidad y Afines de Madrid).
La adquisición e instalación de aparatos de aire acondicionado domésticos, con una potencia térmica nominal en régimen de frío inferior o igual a 12 kW, que sean de clase A o superior, en modo refrigeración o en modo refrigeración/calefacción, dentro de los incluidos en el Real Decreto 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire de uso doméstico, y siempre y cuando el equipo adquirido:
Podrán acogerse a este Plan Renove las instalaciones de equipos de aire acondicionado, ejecutadas y puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2012 y hasta el 1 de octubre de 2012, o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Los titulares de instalaciones domésticas pertenecientes a viviendas individuales que cumplan con los requisitos establecidos en este Plan.
La cantidad total destinada para la realización de las actividades recogidas en este Plan Renove asciende a 1.140.000 Euros.
La cuantía de las ayudas individuales para cada equipo de aire acondicionado subvencionado es la siguiente:
| POTENCIA FRIGORÍFICA | INCENTIVO (€ Equipo) |
|---|---|
| P < 5 kW | 200 € |
| 5 kW ≤ P < 10 kW | 350 € |
| 10 kW ≤ P ≤ 12 kW | 450 € |
La cuantía del incentivo para la adquisición e instalación del aparato no podrá superar el 30% del coste elegible, IVA no incluido.
El coste elegible incluye el precio del aparato y su instalación. Quedan excluidos los conceptos de albañilería.
Las empresas instaladoras que lleven a cabo actuaciones que se acojan a este Plan Renove deben adherirse previamente al mismo adquiriendo los compromisos que se fijan en el correspondiente convenio de colaboración firmado entre la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid y ASEFOSAM. Para ello deben registrarse en la página web www.renoveaireacondicionado.com, cumplimentar el formulario correspondiente y remitir a ASEFOSAM, entre otra, la siguiente documentación:
Una vez que ASEFOSAM reciba los documentos señalados anteriormente y proceda a su validación, remitirá a la Empresa Instaladora claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación informática www.renoveaireacondicionado.com para que pueda empezar a operar y tramitar solicitudes de ayuda en nombre de los titulares de las instalaciones.
Boletín de Solicitud del Incentivo del Plan Renove de Equipos de Aire Acondicionado de la Comunidad de Madrid (Año 2011) debidamente cumplimentado y firmado, tanto por el solicitante del incentivo como por un responsable de la empresa, acompañado, de la siguiente documentación:
El boletín de solicitud de incentivo, junto con el resto de la documentación deberá presentarse en las oficinas de ASEFOSAM.
Desde la generación informática de la solicitud y asignación del Código de validación de Incentivo (COVI), hasta la presentación de la documentación en ASEFOSAM, no podrá transcurrir un plazo superior a 30 días naturales. Trascurrido dicho plazo se producirá la caducidad del expediente y se liberará la reserva de fondos efectuada.
Una vez presentada la documentación reseñada, y realizadas todas las comprobaciones precisas, tanto por ASEFOSAM como por la Fundación de la Energía, ASEFOSAM procederá al abono de la cuantía del incentivo mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el solicitante.
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